TEPJF: Incidente de cumplimiento sustituto de las actividades del Comité del PJF

Ciudad de México
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación (TEPJF) tuvo por incumplida la sentencia emitida en el juicio
de la ciudadanía SUP-JDC-8/2025 y acumulados.
Lo anterior, debido a que, a pesar de que el Comité de Evaluación del
Poder Judicial de la Federación (PJF) informó que se encuentra
imposibilitado para dar cumplimiento a dicho mandato judicial, en virtud
de un acatamiento a diversas interlocutorias de suspensión, tal
circunstancia no era de la entidad suficiente para justificar su
incumplimiento.
Además, se tomó en cuenta la medida cautelar decretada por la
presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que
no se impusiera sanción alguna a los integrantes del Comité, por lo que
a fin de cumplimentar la sentencia y garantizar la continuidad del
proceso, se dictaron medidas para el cumplimiento sustituto de la
ejecutoria.
Para ello, se vinculó a la Mesa Directiva del Senado de la República
para que dé continuidad al proceso de selección de personas elegibles y
lleve a cabo la insaculación pública correspondiente, entre la lista de
aspirantes que el Comité de Evaluación del PJF estimó que cumplieron los
requisitos, y los que la Sala Superior ordenó incluir en la lista, la
cual estará ajustada al número de postulaciones para cada cargo,
conforme a cada Poder, atendiendo a su especialidad por materia y
observando la paridad de género, a fin de que se sometan a consideración
del Pleno de la SCJN.
En caso de que ese órgano jurisdiccional no dé trámite o no apruebe los
listados mencionados, la Mesa Directiva del Senado de la República podrá
remitir, de manera directa, las candidaturas insaculadas al Instituto
Nacional Electoral, para continuar con el procedimiento electivo.