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Fecha de publicación: 03 de junio de 2025

COMUNICADO: Dilación en la administración de justicia, Jueces en Jalisco



En flagrante violación al artículo 310 del Código Nacional de Procedimientos Penales y negando a la Ciudadanía el derecho humano al acceso a la Justicia dependiente del Poder Judicial de la Federación, el Centro de Justicia Penal Federal del estado de Jalisco ha agendado audiencias iniciales relacionadas con delitos fiscales y financieros con extrema e inusitada dilación, sin justificación legal alguna, llegando incluso al absurdo de señalar fecha de audiencia inicial 12 meses después de haber sido solicitada, quedando un daño irreparable al patrimonio Público Federal, representado por la Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF), y el Servicio de Administración Tributaria (SAT), de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

El artículo 310 del Código Nacional de Procedimientos Penales, señala que es obligación que dichas audiencias se lleven a cabo dentro de los 15 días siguientes a la presentación de la solicitud del Ministerio Público de la Federación. Asimismo, el artículo 16 del citado Código, establece el derecho a la justicia pronta dentro del procedimiento.

Un ejemplo repetitivo es el del Centro de Justicia Penal Federal del estado de Jalisco, a quien se le ha solicitado citación al imputado para audiencia inicial en el mes de febrero de 2025 y señaló fecha para audiencia inicial hasta febrero de 2026.

La omisión de señalar fecha de audiencia inicial por más de 11 meses y medio después (esto es, 350 días), constituye un solo caso de la comisión reiterada en 23 ocasiones de un delito contra la administración de justicia por parte del administrador del Centro de Justicia Penal Federal en el estado de Jalisco con sede en el Complejo Penitenciario Puente Grande, ya que con ello ha impedido que se recuperen más de $422 millones de pesos por concepto de impuestos que se han dejado de pagar por parte de quienes defraudan al fisco federal.

Tanto la Fiscalía General de la República (FGR), como la PFF y el SAT, habrán de actuar en consecuencia.