Reporte México
17 de noviembre de 2021.- En el marco de las
impugnaciones relacionadas con el proceso de
Revocación de Mandato, el Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación (TEPJF) mantiene
el compromiso de garantizar los principios de
equidad, transparencia, certeza, y legalidad. En
esta ocasión, el Pleno de la Sala Superior
resolvió, por unanimidad de votos, lo siguiente:
1. Confirmó la integración de los Consejos
Locales del Instituto Nacional Electoral (INE)
para el proceso de Revocación de Mandato de
2022;
2. Determinó que la Unidad Técnica de
Fiscalización (UTF) del INE es la autoridad
competente para conocer y sustanciar las quejas
o denuncias en materia de uso indebido del
financiamiento de los partidos políticos
nacionales en el proceso de revocación de
mandato.
El partido político Morena presentó un recurso
de apelación en contra del Acuerdo del Consejo
General del INE que ratificó y designó a las
consejeras y consejeros electorales de los
Consejos Locales para el Proceso de Revocación
de Mandato de 2022. Morena consideró indebida la
designación de supuestos militantes de partidos
políticos para la integración de los Consejos
locales de Guerrero, Hidalgo, Nuevo León y
Oaxaca.
A propuesta del magistrado Felipe Alfredo
Fuentes Barrera, el pleno de la Sala Superior
declaró infundado el planteamiento, ya que
consideró que Morena no acreditó que las
personas designadas sean militantes de algún
partido político y, en cualquier caso, la
legislación no prevé que esta circunstancia
constituya un límite válido para el ejercicio
del derecho fundamental de la ciudadanía a
ocupar dicho cargo. En consecuencia, la Sala
Superior confirmó la ratificación y designación
de las y los consejeros electorales que fueron
materia de la impugnación (SUP-RAP-448/2021).
Por otra parte, el Partido de la Revolución
Democrática (PRD) presentó un recurso de
apelación en contra del acuerdo de la UTF del
INE, ya que el órgano se declaró incompetente
para conocer las infracciones atribuidas a los
partidos Morena y del Trabajo (PT), así como a
sus dirigentes y diversos servidores públicos en
materia de uso indebido de recursos públicos y
del financiamiento para favorecer la
“renovación” del mandato del titular del
Ejecutivo federal, mediante la celebración de un
evento público, la conformación y toma de
protesta de mil 600 comités promotores.
Conforme al proyecto presentado por el
magistrado José Luis Vargas Valdez, el pleno de
la Sala Superior determinó que la UTF del INE es
competente para conocer la denuncia respecto del
origen y destino de los recursos de los partidos
políticos, así como para analizar la materia de
la denuncia o, en su caso, dar vista al
Secretario Ejecutivo del INE para que determine
la vía que adicionalmente pudiera corresponder.
En consecuencia, se revocó el acuerdo impugnado
y se ordenó que, de cumplir con los requisitos
legales, se admitiera a trámite la denuncia para
que se desarrolle el estudio del problema
jurídico planteado (SUP-RAP-440/2021).
|