Urge Senado a congresos locales a legislar sobre
pérdida de patria protestad por feminicidio
El Pleno del Senado aprobó, en la sesión del 13 de
diciembre, un dictamen para solicitar a los congresos locales de
diversas entidades federativas para que armonicen su legislación en
materia de guarda, custodia y pérdida de la patria potestad en caso de
feminicidio.
La propuesta promovida por la presidenta de la Mesa Directiva, Ana Lilia
Rivera Rivera, urge a los congresos locales a que hagan las adecuaciones
normativas correspondientes en su legislación local en materia de
suspensión de la guarda, custodia y pérdida de la patria potestad en
caso de feminicidio, desde el momento de la vinculación a proceso.
Concretamente, las entidades a las que se les hace el llamado son
Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila
de Zaragoza, Chihuahua, Chiapas, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo y
Jalisco.
También a Michoacán de Ocampo, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca,
Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Veracruz de
Ignacio de la Llave, Yucatán y Zacatecas.
En el documento, las y los senadores detallaron que el pasado 2 de marzo
fue avalada una reforma al Código Penal y Civil del estado de Puebla,
iniciativa bautizada como “Ley Monzón” que consiste en suspender la
patria potestad a posibles feminicidas y retirarla si se confirman las
sentencias.
Con ello, la entidad se convirtió en el primer estado del país en
promulgar una ley de este tipo y sentó un precedente que activistas,
colectivos feministas y familiares de víctimas esperan que se convierta
en ley nacional.
Por ello, las y los legisladores coincidieron en la necesidad de que se
discuta y analice este tipo de modificaciones en los códigos penales de
todas las entidades federativas.
Con este exhorto se busca impulsar la modificación del marco legal del
sistema jurídico mexicano, con el propósito de legislar en favor de las
mujeres, de las niñas, niños y adolescentes que son víctimas de la
violencia feminicida.
Además de proteger no sólo a las mujeres ante la violencia extrema que
se ejerce contra ellas por razón de género, sino también garantizar la
seguridad e interés superior de la niñez, de sus hijas e hijos que
quedan en la orfandad por el delito de feminicidio.
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