La Cámara de
Diputados aprobó la Ley de Ingresos de la
Federación para el Ejercicio Fiscal 2023 |
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El Pleno de la Cámara de
Diputados aprobó, en lo general y en lo
particular, el dictamen con proyecto de decreto
que expide la Ley de Ingresos de la Federación
para el Ejercicio Fiscal 2023, en la cual se
prevé obtener un total de 8 billones 299 mil
647.8 millones de pesos (mdp).
Con 271 votos a favor, 201 en contra y una
abstención, la Asamblea avaló el dictamen en lo
particular, y se remitió al Senado de la
República para sus efectos constitucionales.
Reservas aceptadas
El Pleno aceptó la reserva presentada por la
diputada Martha Alicia Arreola Martínez (Morena)
para adicionar un Artículo Vigésimo Sexto
Transitorio en materia de regularización de
autos usados de procedencia extranjera.
La diputada mencionó que los subsidios federales
derivados de los ingresos que se obtengan por
los aprovechamientos que se hayan generado en
2022, se podrán comprometer, devengar y pagar,
por parte de los municipios, durante el
ejercicio fiscal 2023.
Dijo que se busca proteger fortalecer y sumar la
medida para regularizar vehículos de procedencia
extranjera, con lo que se garantizará y dará
mayor certidumbre a los recursos obtenidos por
este programa.
Explicó que el decreto por el que se fomenta la
regularización de vehículos usados de
procedencia extranjera, promulgado a principios
de 2022, ha regularizado 600 mil unidades, y
que, de acuerdo con información de la Secretaría
de Seguridad Pública y Protección Ciudadana, se
han obtenido mil 394 millones de pesos, que se
destinarán para pavimentación de los municipios
que acceden a este programa.
De igual forma, se aceptó la reserva presentada
por el diputado Azael Santiago Chepi (Morena)
para adicionar la fracción VIII del apartado A
del artículo 16, para establecer que se otorga
un estímulo fiscal a las personas físicas y
morales residentes en México que enajenen
libros, periódicos y revistas, cuyos ingresos
totales en el ejercicio inmediato anterior no
hubieran excedido de la cantidad de 6 millones
de pesos, y que dichos ingresos obtenidos en el
ejercicio por dicha enajenación represente al
menos 90 por ciento de los ingresos totales del
contribuyente en el ejercicio de que se trate.
A su vez, en términos del dictamen quedaron las
reservas impulsadas por diputadas y diputados de
los diversos grupos parlamentarios, a la
Metodología fracción I, Antecedentes fracción II,
Contenido de la Iniciativa fracción III,
Consideraciones de la Comisión, la Denominación
del Proyecto de Decreto, la Denominación del
Artículo Único del Proyecto de Decreto y la
Denominación del Capítulo Primero.
También, los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8,
9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 17, 18, 19, 20, 21,
22, 23, 24, 25, 26 y 27.
Los artículos transitorios Primero, Segundo,
Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto, Séptimo, Octavo,
Noveno, Décimo, Décimo Primero, Décimo Segundo,
Décimo Tercero, Décimo Cuarto, Décimo Quinto,
Décimo Sexto, Décimo Séptimo, Décimo Octavo,
Décimo Noveno, Vigésimo, Vigésimo Primero,
Vigésimo Segundo, Vigésimo Tercero, Vigésimo
Cuarto y Vigésimo Quinto.
Además, adición de diversos artículos
transitorios, así como la leyenda “Dada en el
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de
octubre de 2022”.
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